viernes, 19 de diciembre de 2014

Aspectos Conceptuales de la Salud Intercultural

  • Marco político normativo de la atención en Salud Intercultural y de los
  • pueblos indígenas.
  • Demografía y situación de los pueblos indígenas en Chile y la región
  • Introducción a la Antropología en Salud.

2 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  2. Marco Político Normativo de la atención en Salud Intercultural y de los Pueblos Indígenas:

    En Chile, el marco político normativo de la atención en Salud Intercultural y de los pueblos indígenas, comienza con la llegada de la Concertación, a través de la incorporación de los pueblos indígenas, a las políticas y programas públicos en salud, luego de la promulgación de la denominada Ley indígena, N° 19.253 el 5 de Octubre de 1993, sin embargo, ésta ley no menciona explícitamente algún artículo de salud, sino que parte por reconocer como Estado la existencia en el territorio de pueblos indígenas, Art. 1. El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura. Además, dicha ley, crea la CONADI; Corporación Nacional de Desarrollo Indígena de Chile, como organismo del estado se encarga de la política indígena, en todos sus ámbitos que conforma la ley. Este organismo es dependiente del Ministerio de Planificación.
    En el año 1996, a cargo del Ministerio de Salud y en contexto de la demanda indígena en Salud, junto con llamados de la OMS; Organización mundial de la Salud y la OPS; Organización Panamericana de la Salud, nace el PESPI; Programa Especial en Salud de Pueblos Indígenas. Entre las líneas de trabajo que ha desarrollado este programa encontramos el acceso y la calidad de la atención, la elaboración de enfoques epidemiológicos interculturales y la creación de modelos de atención intercultural.

    El año 2000 el Programa se convierte en una unidad específica y en el 2006 se dicta la Norma General Administrativa N° 16 sobre Interculturalidad en Salud. Con el objetivo de fortalecer la capacidadntécnica y de gestión de los servicios responsables de la salud de las poblaciones indígenas, se han elaborado planes de salud intercultural que aseguren un mayor acceso a los servicios de salud y atención de calidad, disminuyendo los niveles de desigualdad en esa materia (CEPAL 2008: 17-18).

    El Convenio N° 169 sobre pueblos Indígenas y Tribales en países independientes de la OIT, celebrado en Ginebra en el año 1989, especifica en materia de Seguridad Social y Salud: Parte V, Artículo 25, punto 1. Los gobiernos deberán velar porque se pongan a disposición de los pueblos interesados servicios de salud adecuados o proporcionar a dichos pueblos los medios que les permitan organizar y prestar tales
    servicios bajo su propia responsabilidad y control, a fin de que puedan gozar del máximo nivel posible de salud física y mental. Chile ratifica este convenio el 2 de Octubre de 2008. (decreto 236).



    El PESPI se desarrolla actualmente en 25 Servicios de Salud (6 de ellos de la Región Metropolitana). Asimismo, el programa en coordinación con CONADI ha realizado proyectos que han tendido a mejorar la situación de salud en espacios de alta concentración indígena según los lineamientos de los Servicios de Salud e implementando la figura de facilitadores interculturales y la capacitación de personal y equipos de salud. (CEPAL 2010: 4-10).

    Haylin Muñoz Huerta
    Carolina Parra Soto

    ResponderEliminar